viernes, 30 de junio de 2017

Desafueros y mala praxis en la aplicación de la prisión preventiva por parte de los operadores judiciales (fiscales y jueces).


El periodista Mirko Lauer , en una de sus notas publicadas en La República escribió que vivimos en la era de la prisión preventiva en donde la política va más rápido que la justicia entonces, vemos  presión ciudadana y mediática suficiente como para que suceda cualquier cosa . 


Así que no es extraño ni raro que un ciudadano de la noche a la mañana poralguna sospecha o un indicio de “alta probabilidad” , sean enviado a una cárcel de máxima seguridad por 9, 18 o 36 meses de prisión preventiva y mientras la fiscalía encuentra responsabilidad, permaneces preso y estigmatizado como un criminal 
.
Toda esta chanfaina aparece con la aplicación del nuevo código procesal penal, algo contradictorio, porque todos los sabihondos que se supone son expertos en este nuevo código dicen que es garantista cien por ciento . 

En los últimos tiempos, se viene observando mala proxis en el uso de la prisión preventiva, desvirtuándola en su naturaleza y  validez  como medida cautelar excepcional y se utiliza como una pena anticipada, resultando gravosas y aflictivas para el proceso porque mientras están en prisión , la fiscalía te investiga .

Esta medida cautelar solo es válida en la medida que se encuentra el riesgo del éxito del proceso , para ellos se toma en cuenta dos presupuestos : el fumus bonis iuris, la apariencia del derecho , o que exista la probabilidad o presunción fundada de que el imputado sería objeto de una sentencia y esta medida asegurará la efectividad de la sentencia condenatoria a dictar en un futuro y el periculum in mora, el riesgo procesal , el peligro de fuga o la obstaculización de la actividad probatoria .

Pero en realidad, en la mayoría de las prisiones preventivas que se aplican en el país, por una mala práctica, son penas anticipadas o sanciones punitivas, y no se aplican respetando el principio de subsidiaridad, razonabilidad y proporcionalidad, resultando esta medida cautelar,  gravosas y aflictivas para el procesado que tiene que esperar su proceso preso y en una cárcel de máxima seguridad.

Otra mala praxis y desafuero que se observa en el Ministerio Público, ahora fiscales-investigares-acusadores es que la prisión preventiva la utilizan como instrumento para la estrategia investigativa( primero te capturo y luego te pruebo o requiero tu prisión preventiva y mientras están en la cárcel te voy probando  )  y como coerción contra los investigados o imputados   porque con el temor de ir a la cárcel con prisión preventiva , se acogen a la colaboración eficaz o después de un periodo de “ablandamiento”( lo envían a prisión preventiva por 9 o 18 meses ), lo visitan y  lo persuaden a que se acojan a la colaboración eficaz sin explicarles los beneficios y alcances de la delación premial ( en el delito de lavado de activos no existe la exención de la pena , los colaboradores eficaces tienen una pena reducida, pero pena al final ).

La mala praxis en la aplicación de la prisión preventiva hace que la investigado se le despoje olímpicamente de la presunción de inocencia, un derecho – principio constitucional (nadie es culpable mientras no se prueba su culpabilidad en sentencia firme y debe ser tratado como tal ).  

Entonces, el investigado pasa a ser un preso ; es enviado a una cárcel a convivir con sentenciados , viviendo como tal, no obstante que esta medida cautelar que debe ser algo excepcional, la última ratio, se convierte en una especie de pena anticipada; sumado a ello el estigma y la estereotipaciónque conlleva el hecho de estar preso(  el ciudadano a pie desconoce estos conceptos jurídicos de prisión preventiva, presunción de inocencia y se basa en lo percibe de la prensa de que fulano de tal está preso y lo han enviado a Piedras Gordas, por lo tanto algo ha cometido ).

La fiera mediática se encarga de ponerle la cereza a la torta, aumentando la estigmatización, coloca a desventurado en un organigrama de crimen organizado como jefe o cabecilla y lo señala como la “ serpiente del mal”. .

Entonces, lo primero que se desprende en esta mala praxis de la prisión preventiva es que se vulnera la presunción de inocencia y las garantías del debido proceso legal, incluido el derecho de defensa ( estando preso , el procesado tiene pocas  posibilidades de defenderte en condiciones óptimas ).

Otro desafuero y mala praxis de la prisión preventiva es que la conviertes los operadores judiciales en objeto del proceso.

La duración desproporcionada de la medida cautelar de presión preventiva desvirtúa la funcionabilidad del principio de presunción de inocencia en el seno del proceso y genera la mutación de la medida cautelar en una sanción, pasando a ser objeto del proceso tal es asíque el fiscal y el juez de garantías llegan a pensar que es irrelevante el tiempo que se utilice para probar su culpabilidad del investigado (9 meses,   18 meses o 36  meses , incluso, con tendencia a tenerlo más tiempo.

Para esta mutación, los operadores judiciales utilizan un concepto que es una especie de cucú :  crimen organizado.

Pocos saben qué significa realmente este concepto , pero suena bien y se ha socializado , siendo aceptado por la fiera mediática . Para la fiscalía le sirve para complejizar el caso y  extender los plazos de la investigación y la prisión preventiva .
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El desafuero y la mala praxis de la prisión preventiva hace que se vulnera también el principio de legalidad.

El principio de legalidad establece la necesidad de que el Estado proceda al enjuiciamiento penal de todos los delitos pero no se justifica que dedique una periodo de tiempo ilimitado a la resolución de un asunto de índole criminal porque se asumiría de manera implícita que el Estado siempre enjuicia a culpables y que es irrelevante el tiempo que se utilice para probar su culpabilidad .

Otra mala praxis obedece a que se utiliza la prisión preventiva como regla general en la mayoría de los casos considerados como “mediáticos “ o “emblemáticos” . 

Ya sea porque la prensa hinca sus fauces en la carótida de los desventurados imputados o porque son personajes políticos o públicos que se han generado muchos enemigos en sus gobiernos regionales o locales.

El  Art.9.3 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, señala que la prisión preventiva de las personas que hayan de ser juzgadas no debe ser la regla general.

Por otro lado , la  mala praxis de los fiscales- investigadores-acusadores hace que las investigaciones se dilaten ad infinitum , así como la prisión preventiva, causada en su mayoría por carecer de un programa metodológico o estrategias investigativa ( objetivas)  o planes  de investigación criminalde acuerdo al casoque le permita evaluar la información recibida, delimitar y asignar tareas, establecer los procedimientos de control para la realización de las tareas de investigación y el uso óptimo de los medios y recursos asignados , entre otros aspectos , para que en un plazo definido, puedan comprobar o  infirmar las hipótesis incriminatorias, sustento de la teoría del caso. 

La mala práctica de los operadores judiciales puede hacer que el plazo de la investigación preparatoria se convierte en algo interminable y por ende la prisión preventiva bajo el pretexto de que el caso es complejo y se trata de crimen organizado; entonces, prolongan la prisión preventiva y el plazo de la investigación preparatoria más allá de lo razonable..

Además, se observa que la fiscalía tiene como mala praxis, retorcer los hechos para acomodarlos a las hipótesis incriminatorias cuando debe ser al revés “acomodar las hipótesis a los hechos”.

Esto se observa principalmente en los casos mediáticos porque empiezan levantando castillos de arena que después no pueden sostener ante la menor ventisca de viento ; entonces, como generaron grandes expectativas durante las capturas, ayudados por parte de la prensa mediática, pretenden terminar o culminar con la acusación sustentada en estos castillos de arena .

Para mayor ahondamiento, la fiscalía, para darle mayor resonancia a la detención de mediáticos, crean castillos de arena, elaborando hipótesis infladas para darle mayo connotación al caso y a su trabajo, pero en el transcurso de la investigación, cuando tienen preso al desventurado con prisión preventiva, para evitar que salgan , tratan de retorcer los hechos para que sus hipótesis se  desgranen . 

Gran parte de los errores de los fiscales obedece a que hasta hoy no saben o conocen o quieren conocer que existe una diferencia entre hecho objeto de imputación, elementos de convicción, datos fácticos, indicio, indicio probado y elementos de prueba porque la mayoría de los fiscales tienen una visión carcelaria del Derecho Penal y se convierten en pregoneros del carcelerismo.

Pretenden sustituir el principio de culpabilidad por el de necesidad de la pena y también pretenden aplastar la in dubio pro reo.

Plantean la presunción de culpabilidad por el de presunción de la inocencia.

Con esta inversión de presunciones la in dubio pro reo queda fuera de contexto. Tratan de adecuar el acto a los presupuestos de la ley penal sin penetrar en los confines desconocidos del alma humana. No miden con la vara que quisieran ser medidos.

El mal uso de la prisión preventiva hace que esta medida cautelar que debe ser excepcional  se utilice como pena anticipada, resultando gravosa y aflictiva para el proceso porque mientras están en prisión , la fiscalía sigue investigándote hasta probar tu culpabilidad. ¿Qué pasa si no prueba tu culpabilidad?

La mayoría de jueces, principalmente los fiscales, son prejuiciosos, llenos de ideas preconcebidas, con conceptos pre elaborados o predeterminados que afecta la objetividad de la conceptualización y conducción a la adopción de decisiones alejadas de la realidad y por demás injustas.

Pero en realidad, las prisiones preventivas en la mayoría de los casos hanpasado a ser penas anticipadas o sanciones punitivas, sin tomar en cuenta que sólo es válida en la medida que se encuentra el riesgo del éxito del proceso.



Junio 2017

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